Normas sanitarias para el uso de Piscinas en situación de COVID-19
Desde el acceso a Fase 2 de desescalada de forma general se están aplicando una serie de medidas sanitarias obligatorias que deben cumplirse para poder proceder a la apertura de una piscina con garantías de evitar posibles contagios entre sus usuarios.
Hemos pretendido con este post, hacer un resumen de los aspectos más importantes para facilitar la comprensión de todos estos requisitos, y algunos consejos para la organización de estos espacios tan deseados en época estival.
No queremos dejar pasar la oportunidad de insistir en que esas medidas de momento están fijadas para fases de desescalada, y que restringen aforo de baño, y de zonas de recreo de las piscinas, por lo que puede ser una buena opción ser prudentes a la hora de abrir la instalación, incrementado costes que pueden ser temporales, y que pueden variar una vez acabadas las fases, o incluso el estado de alarma, cambiando aforos o flexibilizando las medidas expuestas. Pero como indicamos, debe hacerse desde la prudencia, ya que la experiencia nos demuestra que no se puede asegurar ninguna postura con firmeza.
NORMAS (8/06/2020)
- Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. (Reapertura piscinas ARTÍCULOS 44 Y 45, JUNTO CON 6 DE LIMPIEZA.)
- Documento de Sanidad 14/05/2020 sobre recomendaciones para la actividad de piscinas en Covid 19: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/recomendacionesAperturaPiscinas.pdf
- Documento Comunidad de Madrid de medidas para la apertura de piscinas durante la situación de alerta por covid-19: https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/sanidad/samb/medidas_para_apertura_de_piscinas_covid-19.pdf
Antes de la apertura de la instalación:
1.1 LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
- Limpieza y desinfección de toda la instalación al menos 2 veces al día, de superficies y zonas comunes para evitar la propagación del virus, adecuado a protocolo según las características de la instalación y a la intensidad de uso, que el titular/gestor tendrá a disposición de la autoridad sanitaria, y se asegurará de la implantación del mismo. (según medidas para la apertura de piscinas durante la situación de alerta por covid-19 de la dirección general de salud pública de la comunidad de madrid)
- Superficies de contacto frecuente con las manos de los usuarios (pomos de puertas, barandillas, escaleras, mandos de duchas, etc..). Se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección, al menos 3 veces al día, aumentando la frecuencia según la intensidad de su uso. (según medidas para la apertura de piscinas durante la situación de alerta por covid-19 de la dirección general de salud pública de la comunidad de madrid)
- Ventilación de espacios cerrados. Abrir puertas y ventanas exteriores para aumentar la circulación de aire en el área y esperar el tiempo que sea necesario antes de comenzar la limpieza y desinfección. (vestuarios y baños, botiquín/enfermería, salas técnicas, pasillos, etc.), Si la ventilación es a través de medios mecánicos, estos deben conservarse en buen estado de mantenimiento y grado de desinfección adecuado, evitando la recirculación del aire y aumentando el aporte de aire exterior.
- Enumerar los utensilios y productos utilizados (disponiendo de sus fichas de datos de seguridad o ficha técnica). Los utensilios deberán ser desinfectados después del uso o utilizar materiales desechables.
- Uso de biocidas a utilizar para la desinfección de superficies. Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V del Reglamento 528/2012. Se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que han sido autorizados por el Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCovChina/docume nos/Listado_virucidas.pdf
- Describir los procedimientos de limpieza y desinfección, y el personal que los realiza, así como el responsable de su supervisión.
1.2 AGUA DEL VASO
- Tratamiento del agua de los vasos. Depuración física y química del agua y renovación mediante adición de agua de aporte.
- Realizar un control inicial del agua del vaso, según se indica en el Real Decreto 742/2013(¹).
- Mantener un pH entre 7,2-8 y un nivel de desinfectante residual (según normativa):
- Cloro libre residual: 0,5 -2 mg/l.
- Bromo total: 2 – 5 mg/l.
No obstante, se recomienda mantener el cloro libre residual entre 1-2 mg/l, y en el caso de utilizar bromo, entre un 3-5 mg/l.
- Cartelería con las medidas de higiene y seguridad.
- Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos. Se recomienda la eliminación de secadores dejando como único elemento de secado papel desechable.
1.3 PERSONAL
- Se debe designar el personal necesario para asegurar el cumplimiento de las medidas ante SARS COV-2.
- Deberán estar formados por el gestor sobre las nuevas medidas de apertura (distanciamiento social, limpieza, vigilancia, etc.) para garantizar su seguridad y la de los usuarios.
Tras/durante la apertura de la instalación
- Medidas básicas. Cumplimiento de la normativa vigente nacional, autonómica o local relativa a estas instalaciones. Todo usuario y/o trabajador de estas instalaciones deberá observar las medidas de distancia social y el resto de medidas recomendadas.
- Medidas de aforo y control de accesos. El aforo de la piscina se limitará al 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de 2 metros. Se reducirá dicho aforo si no se puede con la citada distancia. Una vez completo el aforo establecido, el usuario no podrá acceder a la instalación hasta que no salgan otros usuarios. Será el socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación, el responsable de supervisar el número de bañistas en cada uno de los vasos y restringir los accesos a los mismos y de acuerdo con lo establecido en cada fase y momento. Se respetaran los turnos y tiempos fijados, atendiendo en todo momento a lo que se establezca por la Comunidad de Propietarios para acceder o salir del baño, no pudiendo superarse nunca el aforo establecido en cada fase.
- El andén perimetral se utilizará exclusivamente para realizar el acceso y la salida de los usuarios del vaso de la piscina, no pudiendo permanecer en él para otros fines.
- Para el acceso a la instalación, disponer de señales en el suelo que marquen las distancias mínimas entre personas (2 metros).
- Medidas generales para usuarios. Se pondrá a disposición de los usuarios dosificadores de geles hidroalcohólicos, para la desinfección de manos a la entrada de la instalación y una bolsa de plástico para material desechable que deberá depositar convenientemente cerrada en un cubo de basura (con tapa y pedal) a la salida de la instalación. Se recomienda incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado a la entrada de la instalación y uso de calzado exclusivo dentro de la misma. Se recomienda disponer de dosificadores de geles hidroalcohólicos en la entrada del pediluvio y duchas y repartidos por toda la instalación, con carteles que indiquen su uso. Si la instalación lo permite, utilizar una puerta de entrada y otra de salida para evitar al máximo los cruces.
- Ventilación de espacios cerrados. La ventilación diaria deberá incrementarse, recomendando, siempre que sea posible, mantener una ventilación continuada de los espacios cerrados, tales como vestuarios, baños, botiquín (excepto acceso a salas técnicas).
- Vestuarios, aseos y duchas. No es posible el uso de las duchas de vestuarios, ni fuentes de agua. Es recomendable NO abrir los aseos, vestuarios y duchas para evitar posibles focos de contagio. (En caso de abrirlos la frecuencia de Limpieza + Desinfección profunda de los aseos sería como mínimo de 3 veces al día y desinfección al final de la jornada). Durante las fases de la desescalada.
- En los aseos la ocupación máxima será de una persona, salvo en el caso de personas que precisen asistencia, que podrán estar acompañadas.
- Medidas en la zona de estancia o de tránsito de los bañistas. Se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos 2 metros entre los usuarios (no de la misma unidad familiar) mediante señales en el suelo limitando los espacios. Durante la estancia en la piscina, no deben compartirse objetos con usuarios ajenos a la unidad doméstica de convivencia y se deberán mantener las toallas, cremas o mochilas personales a la distancia interpersonal. Los objetos personales (toallas, etc.) permanecerán dentro del perímetro establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.
- Medidas en caso de uso de mobiliario Tumbonas, sillas, mesas y sombrillas. Desinfección del mobiliario utilizado por los usuarios después de cada uso y antes de un nuevo uso. Además, al final de la jornada siempre se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección profunda de todos los elementos. (se recomienda que el mobiliario de piscina durante la temporada covid no sea utilizado ni se ponga a disposición para evitar posibles focos de contagio).
- Medidas de limpieza en superficies de contacto con la mano. En aquellas superficies en contacto con las manos de los usuarios se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección más frecuente (pomos de las puertas de vestuarios, baños o duchas, barandillas, etc.). Limpieza y desinfección al menos 3 veces al día de las superficies de contacto.
- Se difundirán mensajes de las medidas de prevención mediante carteles y/o megafonía. Indicándose que los usuarios y trabajadores de las instalaciones tienen la responsabilidad de prevenir el contagio de la enfermedad poniendo los medios oportunos para evitar contagiar y ser contagiados, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
- Control de la calidad del agua del vaso.
- a) Medir cada hora por el socorrista, los niveles de pH y de cloro libre residual (o bromo total). Se recomienda la regulación automática de estos parámetros. (Madrid)
- b) Mantener la filtración y la recirculación del agua las 24 horas. Se recomienda aumentar la renovación del agua. (Madrid)
- c) Si la medición de cloro libre residual resultara < 0,5 mg/l, se procederá a desalojar el vaso, no permitiéndose el baño hasta que se vuelva a obtener una concentración mínima de 0,5mg/l (en caso de utilizar bromo: 2 mg/l).
- d) Además de los controles establecidos por el Real Decreto 742/2013¹, se realizará al menos un análisis del agua durante la temporada que incluya los parámetros del Decreto 80/98¹.
Otras circunstancias a tener en cuenta:
- Será obligatorio ducharse siempre antes y después de bañarse en la piscina. Se recomiendan duchas por sensores. Se recomienda al usuario ducharse en casa.
- Se recomienda la utilización de gafas para el baño, incluyendo las que protegen las fosas nasales o máscaras de buceo.
- No podrán acceder a la piscina personas en aislamiento domiciliario por diagnóstico de COVID-19, con síntomas compatibles con este virus o que sin tener síntomas estén en cuarentena por haber tenido contacto con otra persona diagnosticada o con cuadro sintomático.
- Se debe recomendar a los principales grupos vulnerables, con el objetivo de preservar su propia salud, que en la medida de lo posible no asistan a la piscina. (El Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables a las personas mayores de 60 años y aquellas diagnosticadas de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeficiencias y embarazadas, por el principio de precaución).
- Los niños menores deben estar siempre acompañados por una persona adulta y permanecer dentro del espacio ocupado por la unidad familiar o de convivencia, fuera de este espacio se mantendrán las medidas de distanciamiento social.
- Se recomienda no admitir invitados en esta temporada por cuestión de aforo, dando prioridad al baño de los propietarios.
- No es recomendable la presencia de niños que no estén acompañados por un adulto en los vasos de chapoteo.
- Las medidas de distanciamiento social deberán respetarse igualmente en la zona de baño.
- Se debe evitar el descanso corporal directamente sobre el suelo de las zonas de descanso, debiendo usarse toallas o esterillas de uso personal y propio.
A continuación ponemos un ejemplo de cómo podría ser el aforo en una piscina en Fase 2, según las medidas establecidas.
• AFORO NORMAL DEL VASO PISCINA: MAXIMO 22 PERSONAS
• AFORO AL 30 POR CIENTO DEL VASO PISCINA: MAXIMO 7 PERSONAS
• NUMERO DE VIVIENDAS CON DERECHO A PISCINA: 30 VIVIENDAS
• POSIBLES PERSONAS CON DERECHO DE USO DE PISCINA (estimación media, 3 personas vivienda): 90
• TIEMPO ESTIMADO DE USO DE PISCINA POR TURNOS POR PERSONA: 35 MINUTOS DIARIOS
Antes de acabar queremos mencionar algunas cuestiones relativas a las responsabilidades que del incumplimiento de estas medidas se puede derivar.
GASTOS GENERADOS COMO CONSECUENCIA DE LA ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE DERIVADA DEL COVID – 19. Los gastos que se produzcan para poder abrir la instalación de piscina, tienen la consideración de gasto general para todos los propietarios y según el sistema de reparto establecido en la comunidad.
RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD DERIVADA DEL INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE. La piscina tiene la consideración de elemento común. La comunidad de propietarios debe cumplir con la normativa vigente. Se deben mantener las medidas conforme a la normativa vigente en función de cada fase. La responsabilidad del cumplimiento de las condiciones sanitarias y de seguridad es de la Comunidad y, en primera instancia, de quien ejerce el cargo de presidente en ese momento.
RESPONSABILIDAD DE LOS PROPIETARIOS DERIVADA DEL INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE. Los propietarios deben cumplir la normativa vigente y las medidas exigidas así como el protocolo aprobado para el uso de la piscina. En el caso de incumplimiento de las normas y/o protocolo, que pudieran generar denuncias o sanciones por parte de la autoridad competente a la Comunidad de Propietarios, esta podrá adoptar acciones en junta general de propietarios contra el infractor o infractores que las hayan podido generar en perjuicio del bien común, reclamándole los importes que se hayan podido generar.
Esperamos que el presente post, haya sido clarificador, sobre un asunto tan complicado como es la apertura de una piscina comunitaria y costes que supondrá la aplicación de todas estas medidas.
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